lunes, 6 de junio de 2011

MEXICO: "Constancia de Residencia para efectos Fiscales"

Es importante considerar que el formato  36 “Constancia de Residencia para Efectos Fiscales”, fue modificado con la publicación de la “Cuarta Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2010 y sus anexos 1 y 1-A”, publicada el 24 de mayo pasado. 
En virtud de tal modificación,  y se elimina del formato 36 anterior, los siguientes apartados:
  • El país con el que México tiene tratado vigente cuya aplicación invoca.
  • Nombre del país en el que se hará valida la constancia
  • Monto, naturaleza y nombre del país de donde provienen los ingresos obtenidos de fuente de riqueza distinta de México
Es importante mencionar que será opcional indicar el periodo por el que se solicita la expedición de la constancia. En consecuencia, la Constancia se podrá expedir por tiempo indefinido así como por periodos transcurridos.
Esta modificación en una gran simplificación administrativa, ya que anteriormente se tenía que tramitar por período vencido, de forma mensual y por cada país con el que pretendía demostrar la residencia fiscal de algún contribuyente mexicano.

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