martes, 27 de diciembre de 2011

DISPOSICIONES EN MATERIA DE INTERESES



Las modificaciones a la Ley del Impuesto sobre la Renta , en materia de intereses, cuya vigencia iniciaba  en 2011, se pospone nuevamente su entrada en vigor hasta el 1 de enero de 2013.

La tasa de retención anual tratándose de pago de intereses pagados por el sistema financiero, continúa siendo del 0.60%.

La tasa de retención de ISR aplicable a intereses pagados a bancos extranjeros, continúa siendo del 4.9%.

Fundamento legal: Artículo 21 de la LIF.

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