Conceptos básicos del Derecho Fiscal Internacional y aplicación de los convenios para evitar la doble imposición e impedir la evasión fiscal, celebrados por México
martes, 16 de julio de 2013
Nuevo Tratado para evitar la Doble Tributación entre México y Colombia
A partir del día 11 de julio entra en vigor el Convenio entre México y Colombia para Evitar la Doble Imposición y para Prevenir la Evasión Fiscal en relación con el ISR y sobre el Patrimonio, mismo que fue firmado en Bogotá, Colombia, el 13 de agosto de 2009 y que fue publicado en el DOF del 11 de julio de 2013.
Este tratado será aplicable a partir del 1o de enero de 2014 para efectos del ISR y de IETU, en el caso de México, así como en el caso de Colombia de Impuestos: sobre la renta y complementarios, así como Impuestos de orden nacional sobre el patrimonio.
Si quieres conocer el Tratado fiscal completo da click en el siguiente link:
Tratado para evitar la Doble Imposición Mex-Colombia
martes, 26 de marzo de 2013
México continúa con la firma de Tratados
En efecto, México ha celebrado una red de tratados internacionales para evitar la doble tributación con 53 países, lo cual confirma la tendencia mostrada de celebrar convenios con países poco tradicionales, como lo son aquellos que se encontraban en la lista de países considerados como paraísos fiscales (v.gr. Hong Kong, Malta y los Emiratos Árabes Unidos), así como países de Europa del Este (Letonia, Lituania, Estonia y Ucrania), y Qatar.
Lo anterior, fue motivo de un interesante artículo de Ernst&Young en el Blog de Fiscalito. Si te interesa conocer el texto completo, da click en el siguiente link:
sábado, 9 de marzo de 2013
Tratado Fiscal México-Qatar
La Secretaría de Relaciones Exteriores dio a conocer el día de hoy (8 de marzo) a través del Diario Oficial de la Federación, entre otros temas, el Decreto Promulgatorio del Acuerdo entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno del Estado de Qatar para Evitar la Doble Imposición y Prevenir la Evasión Fiscal en Materia de Impuestos sobre la Renta, firmado en la Ciudad de México, el catorce de mayo de dos mil doce.
Al respecto, el catorce de mayo de dos mil doce, en la Ciudad de México, el Plenipotenciario de los Estados Unidos Mexicanos, debidamente autorizado para tal efecto, firmó ad referéndum el Acuerdo para Evitar la Doble Imposición y Prevenir la Evasión Fiscal en Materia de Impuestos sobre la Renta con el Gobierno del Estado de Qatar, cuyo texto en español consta en la copia certificada adjunta.
El Acuerdo mencionado fue aprobado por la Cámara de Senadores del Honorable Congreso de la Unión, el once de diciembre de dos mil doce, según decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación del veintinueve de enero de dos mil trece.
Asimismo, las notificaciones a que se refiere el artículo 29, numeral 1 del Acuerdo, están fechadas en la ciudad de Washington, D.C., el veintidós de enero de dos mil trece y en la ciudad de Kuwait, el siete de febrero del propio año.
Finalmente, el presente Decreto entrará en vigor el nueve de marzo de dos mil trece.
Si te interesa ver el documento completo, da click en el siguiente link
Tratado Fiscal México-Qatar
martes, 5 de marzo de 2013
Tratado Fiscal México-Hong Kong
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia
de la República.
ENRIQUE PEÑA NIETO, PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, a sus habitantes, sabed:
El dieciocho de junio de dos mil doce, en Los Cabos, Baja California Sur, México, el Plenipotenciario de los Estados Unidos Mexicanos, debidamente autorizado para tal efecto, firmó ad referéndum el Acuerdo para Evitar la Doble Imposición y Prevenir la Evasión Fiscal en Materia de Impuestos sobre la Renta con el Gobierno de la Región de Administración Especial de Hong Kong de la República Popular China, cuyo texto en español consta en la copia certificada adjunta.
El Acuerdo mencionado fue aprobado por la Cámara de Senadores del Honorable Congreso de la Unión, el once de diciembre de dos mil doce, según decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación del veintinueve de enero de dos mil trece.
Las notificaciones a que se refiere el artículo 28, numeral 1 del Acuerdo, se recibieron en la ciudad de Hong Kong, el veinte de diciembre de dos mil doce y el cinco de febrero de dos mil trece.
Por lo tanto, para su debida observancia, en cumplimiento de lo dispuesto en la fracción I del artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, promulgo el presente Decreto, en la residencia del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, el veintidós de febrero de dos mil trece.
TRANSITORIO
UNICO.- El presente Decreto entrará en vigor el siete de marzo de dos mil trece.
Enrique Peña Nieto.- Rúbrica.- El Secretario de Relaciones Exteriores, José Antonio Meade Kuribreña.- Rúbrica. MAX ALBERTO DIENER SALA, CONSULTOR JURÍDICO DE LA SECRETARÍA DE RELACIONES EXTERIORES,
CERTIFICA:
Que en los archivos de esta Secretaría obra el original correspondiente a México del Acuerdo entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de la Región de Administración Especial de Hong Kong de la República Popular China para Evitar la Doble Imposición y Prevenir la Evasión Fiscal en Materia de Impuestos sobre la Renta, firmado en Los Cabos, Baja California Sur, México, el dieciocho de junio de dos mil doce, cuyo texto en español es el siguiente:
ACUERDO ENTRE EL GOBIERNO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y EL GOBIERNO DE LA REGIÓN DE ADMINISTRACIÓN ESPECIAL DE HONG KONG DE LA REPÚBLICA POPULAR CHINA PARA EVITAR LA DOBLE IMPOSICIÓN Y PREVENIR LA EVASIÓN FISCAL EN MATERIA DE IMPUESTOS SOBRE LA RENTA
Para ver el documento completo da click en el sig link:
miércoles, 27 de febrero de 2013
Tratado Fiscal México-Letonia
SHCP / Decreto Promulgatorio del Convenio entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de la República de Letonia para Evitar la Doble Imposición y Prevenir la Evasión Fiscal en Materia de ISR y su Protocolo
Estimados amigos, el día de hoy, 27 de febrero, la Secretaría de Relaciones Exteriores dio a conocer a través del Diario Oficial de la Federación el Decreto Promulgatorio del Convenio entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de la República de Letonia para Evitar la Doble Imposición y Prevenir la Evasión Fiscal en Materia de Impuestos sobre la Renta y su Protocolo, hecho en Washington, D.C. el veinte de abril de dos mil doce.
Al respecto, el veinte de abril de dos mil doce, en Washington, D.C., el Plenipotenciario de los Estados Unidos Mexicanos, debidamente autorizado para tal efecto, firmó ad referéndum el Convenio para Evitar la Doble Imposición y Prevenir la Evasión Fiscal en Materia de Impuestos sobre la Renta y su Protocolo con el Gobierno de la República de Letonia, cuyo texto en español consta en la copia certificada adjunta.
El Convenio mencionado fue aprobado por la Cámara de Senadores del Honorable Congreso de la Unión, el once de diciembre de dos mil doce, según decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación del veintinueve de enero de dos mil trece. Las notificaciones a que se refiere el artículo 27 del Convenio, están fechadas en las ciudades de Riga y Estocolmo, el ocho de noviembre de dos mil doce y el treinta y uno de enero de dos mil trece, respectivamente.
Es importante mencionar que el tratado entrará en vigor el dos de marzo de dos mil trece.
Para ver el documento completo, puedes dar click en el siguiente link:
martes, 29 de enero de 2013
Senado aprueba Tratados (Letonia, Qatar, Hong Kong)
En el Diario Oficial de la Federación del día de hoy, 29 de enero de 2013, se publicaron los siguientes decretos por los que el Senado de la República aprueba los siguientes Convenios para Evitar la Doble Imposición:
- Convenio entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de la República de Letonia para Evitar la Doble Imposición y Prevenir la Evasión Fiscal en materia de Impuestos sobre la Renta y su Protocolo, hecho en Washington, D.C., el veinte de abril de dos mil doce.
- Acuerdo entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno del Estado de Qatar para Evitar la Doble Imposición y Prevenir la Evasión Fiscal en Materia de Impuestos sobre la Renta, firmado en la Ciudad de México, el catorce de mayo de dos mil doce.
- Acuerdo entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de la Región de Administración Especial de Hong Kong de la República Popular China para Evitar la Doble Imposición y Prevenir la Evasión Fiscal en Materia de Impuestos sobre la Renta, firmado en Los Cabos, Baja California Sur, México, el dieciocho de junio de dos mil doce.
Para ver el documento completo da click en el siguiente link:
martes, 15 de enero de 2013
Calendario 2013 Suspensión de Labores TFJFyA
El Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, publicó en la Primera Sección del Diario Oficial del lunes 14 de enero de 2013, el ACUERDO G/1/2013 por el que se da a conocer el calendario de suspensión de labores para el año 2013. El Acuerdo G/1/2013 es del siguiente tenor:
"CALENDARIO DE SUSPENSION DE LABORES PARA EL AÑO 2013.
Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 55 de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia
Fiscal y Administrativa, así como por el artículo 6o. del Reglamento Interior del mismo, se determina el
calendario oficial de labores del Tribunal, declarando inhábiles los días sábados y domingos, además de los
que se indican a continuación:
ENERO Martes 1o.
FEBRERO Lunes 4 (en conmemoración del 5 de febrero).
MARZO Lunes 18 (en conmemoración del 21 de marzo), miércoles 27, jueves 28 y viernes 29.
MAYO Miércoles 1o.
JULIO Lunes 15 al Miércoles 31 (primer periodo vacacional).
AGOSTO Lunes 26 (en conmemoración del 27 día del empleado del Tribunal Fed de Justicia
Fiscal y Admva).
SEPTIEMBRE Lunes 16
NOVIEMBRE Viernes 1o. y lunes 18 (en conmemoración del 20 de noviembre).
DICIEMBRE Lunes 16 al martes 31 (Segundo periodo vacacional).
Así lo acordó el Pleno Jurisdiccional de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y
Administrativa, en sesión del día cuatro de enero de dos mil trece, ordenándose su publicación en el Diario
Oficial de la Federación.- Firman el Magistrado Juan Manuel Jiménez Illescas, Presidente del Tribunal
Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, y la Licenciada Thelma Semíramis Calva García, Secretaria
General de Acuerdos, quien da fe.- Rúbricas."
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