El 26 de diciembre
de 2011, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto
Promulgatorio del Convenio entre los Estados Unidos Mexicanos y la República de
Hungría para Evitar la Doble Imposición y Prevenir la Evasión Fiscal en Materia
de Impuestos sobre la Renta , el cual conforme a sus disposiciones entrará en
vigor el trigésimo día después de la última de las notificaciones efectuadas
entre las partes contratantes, misma que se llevó a cabo el 1º de diciembre de
2011.
Las disposiciones
del Convenio surtirán efectos:
- respecto de los impuestos retenidos en la fuente, sobre las rentas obtenidas el, o a partir del, 1° de enero del año calendario siguiente a aquél en que el Convenio entre en vigor; y
- respecto de otros impuestos sobre la renta, por impuestos exigibles en cualquier ejercicio fiscal que inicie el, o a partir del, 1º de enero del año calendario siguiente a aquél en que el Convenio entre en vigor.
El Convenio también contiene cláusulas de intercambio de información.
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